Alcaldes podrían ir presos

Los alcaldes que no brindan un buen servicio de limpieza pública en su jurisdicción podrían incurrir en el delito de omisión de deberes, que el artículo 367 del Código Penal sanciona con penas de 4 a 6 años de prisión.

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Defensoría dice que sí procede si se demuestra deficiencias del servicio.
Defensoría dice que sí procede si se demuestra deficiencias del servicio.

Los alcaldes que no brindan un buen servicio de limpieza pública en su jurisdicción podrían incurrir en el delito de omisión de deberes, que el artículo 367 del Código Penal sanciona con penas de 4 a 6 años de prisión.

Así explicaron voceros de la Defensoría del Pueblo. Al respecto el comisionado de esa institución, Aldo Vera, explicó que esto procede siempre que se demuestre ante el Ministerio Público que hay deficiencias en el servicio, pese a que los vecinos pagan por dicho concepto.

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