Licencia por paternidad se amplía de 4 a 10 días a partir de hoy

El Congreso aprobó la modificación de la Ley que extiende la licencia de paternidad.

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Licencia por paternidad se amplía de 4 a 10 días a partir de hoy
Licencia por paternidad se amplía de 4 a 10 días a partir de hoy

El gobierno promulgó este jueves la ley que amplía la licencia por paternidad a los trabajadores del Estado y del sector privado, según la norma publicada hoy en El Peruano.

La licencia por paternidad que otorga el empleador al padre de familia  es ampliado de cuatro días a 10,  luego de que el Congreso aprobara por unanimidad la ley que modifica el artículo 2 de la Ley 29409. Será de 10 días consecutivos en los casos de parto natural o cesárea. 

Los empleadores estarán obligados a otorgar 10 días calendario de licencia por paternidad al trabajador del sector público o privado que haya sido padre en los casos de parto natural o cesárea, según la norma promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada este jueves en el diario oficial El Peruano.

 

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El plazo de la licencia puede ser escogida por el padre entre las siguientes opciones:

a) Desde la fecha de nacimiento del hijo o hija.

b) Desde la fecha en que la madre o el hijo o hija son dados de alta por el centro médico respectivo.

c) A partir del tercer día anterior a la fecha probable de parto, acreditada mediante el certificado médico correspondiente, suscrito por profesional debidamente colegiado.

Casos particulares

En caso de nacimientos prematuros y partos múltiples, la Ley 30807 estima que  que la licencia por paternidad se ampliará a 20 días calendario consecutivos.

Por otro lado,  si el bebé nació con una enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, o la madre tuvo complicaciones severas en su salud, la licencia será de 30 días consecutivos.

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En el supuesto de que la madre muriera durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad, el padre del hijo nacido será beneficiario de dicha licencia (de la madre) con goce de haber, de manera que sea una acumulación de licencias (con la de paternidad).

Si no te brindan los beneficios de la licencia

Puedes presentar tu denuncia a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Sin embargo, también puedes enviar una carta notarial a tu empleador directo, en donde adjuntes tus documentos y expongas tus derechos. 

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