Poder Judicial: Pronabi devolverá casas a Ollanta Humala y Nadine Heredia

Los inmuebles de la ex pareja presidencialOllanta Humala yNadine Herediafueron incautados a solicitud de la Fiscalía quien los investiga presuntamente por recibir dinero de la empresa Odebrecht.

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Poder Judicial dispuso devolución de casas a la ex pareja presidencial Ollanta Humala y Nadine Heredia
Poder Judicial dispuso devolución de casas a la ex pareja presidencial Ollanta Humala y Nadine Heredia

El Poder Judicial, ordenó al Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi) que se le devuelva los tres inmuebles incautados por la Fiscalía de Lavado de Activos, a la ex primera dama Nadine Heredia y a su madre Antonia Alarcón, dentro de la investigación seguida en su contra presuntamente por recibir dinero de la empresa Odebrecht para su campaña presidencial.

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La Primera Sala de Apelaciones Nacional, dispuso que se le devuelva a la ex pareja presidencial, los inmuebles están ubicados en la calle Castrat 177-183 urbanización Chama en Santiago de Surco; así como en el lote 3 de la Parcela C-26 Las Salinas, en Lurín.

Como se recuerda, en mayo pasado el juez de investigación preparatoria nacional Richard Concepción Carhuancho, ordenó la incautación de la casa principal de Nadine Heredia y de un porcentaje de acciones de un terreno, además de la casa principal de su madre, Antonia Alarcón y las cuentas bancarias de sus menores hijas. 

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Esta medida se le impuso en el marco de la investigación seguida por la Fiscalía contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, por presuntos aportes de Odebrecht para su campaña presidencial.

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El abogado de Heredia, Wilfredo Pedraza, confirmó la devolución de tres inmuebles dos de Nadine Heredia y uno de Antonia Alarcón e informó que la medida de incautación era arbitraria y que el Pronabi debe devolver los inmuebles a la exprimera dama, sin que se realice ningún trámite adicional.

“Esta es una decisión que nos parece importante porque la Sala señala que esos inmuebles habían sido previamente embargados tenían orden de inhibición que suponían mandato judicial de no alquilar de no vender los inmuebles y que por tanto resultaba innecesaria y arbitraria una medida complementaria como la incautación”, explicó el letrado.

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“La sala ha señalado que habiendo ya una medida que garantizaba la no disposición de este bien la ocupación o desocupación no afectaba en lo absoluto la posibilidad que este inmueble siga siendo una garantía en el marco de la investigación, de manera que esto resulta razonable y proporcional y por eso la sala señala que la decisión del juez Concepción Carhuancho no es proporcional no es razonable y hasta digamos resulta arbitraria”.

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