Corte Suprema dejó al voto pedido de anular condena para músico Edu Saettone

La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema dejó al voto el pedido de anular la condena de cuatro años de prisión suspendida que se le impuso el Poder Judicial, al músico Eduardo Saettone.

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La Corte Suprema decidirá si anula condena contra músico Eduardo Saettone
La Corte Suprema decidirá si anula condena contra músico Eduardo Saettone

La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema dejó al voto el pedido de anular la condena de cuatro años de prisión suspendida que se le impuso en segunda instancia el Poder Judicial, al músico Eduardo Saettone Arróspide por manejar su vehículo a excesiva velocidad y matar a María Elena Coronado el 2012 en Surco.

   

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La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema resolverá en un plazo de 30 días hábiles el recurso de queja excepcional interpuesto por la abogada de los deudos de María Elena Coronado, quien falleció tras ser atropellada por el músico Eduardo Saettone Arróspide, procesado por el delito de homicidio culposo.

Durante la audiencia pública, la abogada de los familiares de la víctima, Milagros Bellido, pidió que se declere nula la sentencia de la  Cuarta Sala Penal de Apelación para Reos Libres de Lima, que modificó la pena contra Saettone Arróspide, de cuatro años de prisión efectiva por suspendida.

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La resolución, dictada el 2016, por la Cuarta Sala Penal, también incrementó la reparación civil de 50 mil a 100 mil soles y redujo la inhabilitación permanente que tenía el inculpado para conducir cualquier tipo de vehículo, mientras dure el tiempo de su  condena.

La abogada de la familia de la agraviada, Milagros Bellido pidió además que se eleve el monto de 100 mil a un millón de soles la reparación civil.

La defensa de la agraviada, Milagros Bellido pidió al tribunal supermo que se administre justicia, que se aplique la ley al condenado y que se eleve la reparación civil de 100 mil a un millón de soles por el daño moral que le ha ocasionado a la familia de la víctima.

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Dijo, "era una madre y en esa época los nietos jugaban con su abuela, porque era activa dinámica, daba alegría, ese dolor ese daño es inevitable y los millones que le puedan poner es irreparable".

Además, sostuvo que “el fallo en segunda instancia adolece de vicios procesales al no tomar en cuenta la conducta del imputado, quien no cumplió con firmar de manera permanente el registro biométrico y solo lo hizo los primeros nueves meses".

Señaló que en la sentencia dictada por el 35 Juzgado Penal de Lima se fundamenta hasta en tres oportunidades que el factor predominante del accidente fue la excesiva velocidad con la que manejaba su vehículo el imputado Eduardo Saettone, el 23 de agosto del 2012, día en que atropelló a la víctima.

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Por su parte, el abogado del procesado, Luis Vargas Valdivia, rechazó la posición de la defensa al sostener que no ha sustentado un solo argumento jurídico del recurso de queja y pidió que se declare infundado, más aún porque el Ministerio Público no impugnó la última sentencia.

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Asimismo, sostuvo que tampoco se ha fijado una pretensión de resarcimiento a lo que Bellido respondió que la indemnización fijada en el expediente establece un monto de 100 mil dólares.

El colegiado a cargo del caso está integrado por los jueces supremos César Hinostroza Pariachi (presidente), Aldo Martín Figueroa Navarro, Alberto Cevallos Vegas, Zavina Magdalena Chávez e Iván Sequeiros Vargas,  quienes fijarán su decisión en el transcurso del plazo establecido por ley de 30 días hábiles como máximo.

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