Corte Suprema dejó al voto pedido de anular condena de músico Edu Saettone

La Corte Suprema, dejó al voto condena de 4 años de prisión suspendida que se le impuso al músico Eduardo Saettone Arróspidepor atropellar a María Elena Coronado, en Surco

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Corte Suprema definirá en última instancia si confirma condena contra músico Edu Saettone
Corte Suprema definirá en última instancia si confirma condena contra músico Edu Saettone

La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, decidirá en los próximos días si anula o confirma la condena de cuatro años de prisión suspendida que se le impuso al músico Eduardo Saettone Arróspide  por atropellar a María Elena Coronado, en Surco el 23 de agosto del 2012.

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La Corte Suprema dejó al voto el pedido de nulidad que presentó los deudos de la occisa contra la sentencia que revocó la condena de cuatro años de prisión efectiva por suspendida que le impuso la Cuarta Sala Penal con Reos Libres de Lima, por el delito de homicidio culposo.

Durante la audiencia, Saettone Arróspide aceptó su responsabilidad y señaló que se trató de un “lamentable accidente de tránsito” tras el despiste de su camioneta debido a “una maniobra temeraria” hecha por un vehículo de transporte público y a la lluvia ocurrida en el amanecer del 23 de agosto del 2012.

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Insistió en que la velocidad de su camioneta no superaba los 40 km/hora y que auxilió en todo momento a la víctima y reconoció que no se sometió a la prueba toxicológica y que solo durante nueve meses pasó el registro y control biométrico obligatorio para quienes están con comparecencia restringida.

Su abogado Roberto Pereira Chumbe expresó que ese es el plazo máximo que la ley exige como parte de las reglas de conducta.

El letrado pidió a la Sala que confirme la pena de cuatro años de prisión suspendida por tratarse de una “regla jurisprudencial” para ese tipo de sentencias y el pago de 100 mil soles de reparación civil, la cual ya fue abonada.  

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Por su parte, la abogada de los familiares de la víctima, Milagros Bellido Paya, rechazó la versión del inculpado y dijo que éste es responsable de homicidio culposo agravado por infracción de las reglas de tránsito, tal como lo señala la denuncia del Ministerio Público y por ello, debe cumplir cárcel efectiva.

Según la abogada un video entregado a los deudos muestra la excesiva velocidad e imprudencia con que el músico conducía su vehículo por la cuadra 37 de la Avenida Benavides (Surco).

“Un golpe a 30 o 40 km/hora no hunde la puerta, ni fractura el cráneo de la víctima, más aún cuando los huesos de esa parte de la cabeza son los más fuertes del cuerpo humano”, señaló tras indicar que es falsa la versión de Saettone Arróspide cuando responsabiliza a un vehículo custer del accidente.

En ese sentido, pidió al colegiado elevar la reparación civil a S/ 1 millón, monto que consideró “simbólico” porque no se puede acreditar el daño, ni el monto generado a los familiares de la víctima.

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Antes de levantar la audiencia, el presidente de la Sala, César Hinostroza Pariachi, precisó que la convocatoria a esta diligencia responde a un “recurso de nulidad excepcional” ante la posibilidad de que se hayan vulnerado principios constitucionales y afectado el principio de motivación.

El tribunal que también integran los magistrados supremos Carlos Ventura Cueva, Aldo Figueroa Navarro, Alberto Cevallos Vegas y Zavina Chávez Mella, emitirá su pronunciamiento en el plazo establecido por ley.

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