Poder Judicial: OCMA sancionó a juez que liberó a empresario Guillermo Riera Díaz
La OCMA del Poder Judicialsancionó al juez de Tránsito y Seguridad Vial de Lima, Max Cirilo Diestra, por liberar al imputado Guillermo Riera Díazcuando era investigdo por ocasionar un accidente de tránsito en la Costa Verde y matar a 3 personas.
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La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, sancionó al juez de Tránsito y Seguridad Vial de Lima, Max Ignacio Cirilo Diestra por ordenar la libertad del imputado Guillermo Riera Díaz, hoy condenado por causar la muerte de tres jóvenes y dejar otro herida durante un accidente de tránsito en la Costa Verde el 5 de mayo del 2017.
La OCMA lo sancionó con descontarle el cinco por ciento de su haber mensual al haber cometido una falta leve en su investigación que realizaba contra el imputado, al revocarle la prisión preventiva por comparecencia restringida al empresario Riera Díaz en octubre del 2017, cuando el caso aún era siendo investigado por dos delitos.
El magistrado del Primer Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de Lima, tramitó el proceso penal seguido contra el ciudadano Guillermo Riera Díaz, por delito contra la vida, el cuerpo y la salud - homicidio culposo agravado, el mismo que ocurriera el año próximo pasado en la Costa Verde y cobrara notoriedad pública.
En la resolución que le impone la sanción, se concluye que el citado magistrado infringió el principio de motivación de las resoluciones judiciales que es una garantía de la Administración de Justicia, prevista en la Constitución Política del Perú y que asimismo, constituye un deber de los magistrados del Poder Judicial, conforme a la Ley de la Carrera Judicial.
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La OCMA exhorta a los magistrados de todos los niveles de este Poder del Estado, que al emitir sus resoluciones observen estrictamente el principio de motivación recogido en la Carta Política de la Nación, por cuanto la ciudadanía tiene el derecho de conocer la razón de las decisiones que emitan en el desarrollo de los procesos a su cargo; precisando, asimismo, que su incumplimiento configura una falta disciplinaria pasible de sanción.
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