Censo 2017: transporte aéreo y terrestre interprovincial funcionarán con normalidad

El próximo domingo 22, en el "Día del Censo", loos aeropuertos y terminales terrestres interprovinciales funcionarán con normalidad.Las personas que viajan dentro del territorio nacional se empadronarán en el primer aeropuerto,terminal terrestre o garita de control

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Para tener en cuenta el Día del Censo
Para tener en cuenta el Día del Censo

El Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Dr. Aníbal Sánchez Aguilar, informó que los aeropuertos y terminales terrestres en el país, el próximo domingo 22 de octubre, Día del Censo,  funcionarán con normalidad, para lo cual se brindarán todas las facilidades a las empresas, así como a las personas que viajen al extranjero o dentro del territorio nacional.

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Explicó que las personas que viajen al extranjero después de las 00:00 horas el Día del Censo, con pasaje confirmado, serán parte de un Empadronamiento Especial. Se empadronarán del 16 al 20 de octubre en la Oficina Censal del distrito donde está ubicada su vivienda o alojamiento, para lo cual deberán presentar su boleto de viaje, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte, según se trate de un ciudadano peruano o un extranjero.

Una vez empadronados, recibirán la “Constancia de Persona Empadronada”, lo que les permitirá trasladarse al punto de embarque en vehículos de transporte autorizados para circular.

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Los viajeros procedentes del extranjero, por vía aérea, que  llegaron después de las 00:00 horas el Día del Censo, no serán empadronados y solo recibirán la “Constancia de Persona Empadronada” que les permitirá trasladarse a su vivienda o alojamiento en vehículos de transporte autorizados para circular.

El Jefe del INEI, añadió que, las personas que viajan dentro del territorio nacional el Día del Censo se empadronarán en el primer aeropuerto, terminal terrestre o garita de control donde la unidad de transporte llegue a partir de las 08:00 horas.

Las personas una vez empadronadas recibirán la “Constancia de Persona Empadronada”, y podrán trasladarse a sus viviendas o alojamiento en vehículos de transporte autorizados para circular.

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