Poder Judicial: Ocma suspendió a secretario por apoderarse de más de 100 mil soles

La OCMA del Poder Judicial, suspendió al secretario del 24º Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, Luciano Mirabal Ypanaqué, por haberse apoderarse de más de 100 mil soles de depositos judiciales

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OCMA aparta a secretario del Poder Judicial Luciano Mirabal Ypanaqué por apoderarse de dinero
OCMA aparta a secretario del Poder Judicial Luciano Mirabal Ypanaqué por apoderarse de dinero

La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA), impuso la  medida cautelar de suspensión preventiva en el cargo contra el secretario del 24º Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, Luciano Mirabal Ypanaqué, por haber apoderarse de más de 100 mil soles de depositos judiciales de los agraviados.

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De acuerdo a las investigaciones, el referido servidor habría participado con terceros ajenos a un proceso judicial, en el cobro de 4 certificados de depósito judicial por la suma aproximada de 57,000 soles, lo cual constituiría una falta muy grave que se sanciona con la destitución del cargo. 

Asimismo, el secretario judicial, habría falsificado la firma de la juez a cargo del 24º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, con el objeto de cobrar otros 2 certificados de depósito más, por un monto aproximado de 86,000 soles.

Además, habría incurrido en una serie de irregularidades que son materia de investigación por el órgano contralor del Poder Judicial.

En la resolución que le impone la suspensión preventiva del cargo y que es suscrita por la Jefa de OCMA, doctora Ana María Aranda Rodríguez, se indica que “concurren circunstancias agravantes…porque resultaría un modus operandi del investigado, el aprovechamiento del cargo para el cobro de depósitos judiciales presentados en distintos procesos judiciales, inclusive a favor de terceros ajenos al proceso…”.

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La Jefatura de OCMA, reafirma su posición que todo integrante del Poder Judicial tiene el deber de actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho y ventaja de índole personal; de lo contrario, será merecedor de la sanción más drástica, previo el procedimiento disciplinario correspondiente.

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