Corte Suprema revocó pena efectiva por suspendida contra Kenji Fujimori por caso "Mamanivideos"

La Corte Suprema condenó a 4 años y 6 meses de pena suspendida al ex congresista Kenji Fujimori y otros, por el caso "Mamanivideos" y le impuso varias reglas de conducta.

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Confirman condena contra Kenji Fujimori por caso Mamanivideos
Confirman condena contra Kenji Fujimori por caso MamanivideosCrédito: Archivo

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó la condena de cuatro años y seis meses de pena privativa de la libertad que se le impuso a los ex congresistas Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez, por el caso "Mamanivideo".

Los magistrados supremos revocaron la sentencia efectiva por suspendida contra los ex parlamentarios al encontrarlos culpables del delito de tráfico de influencias reales agravado en agravio del Estado. También al ex asesor de Kenji Fujimori, Alexis Toledo le confirmaron la sentencia de cuatro años de prisión suspendida.

Además, se le impuso 18 meses de inhabilitación para ejercer un cargo público. Los condenados deben abonar el monto de 500 mil soles de reparación civil de manera solidaria.

El colegiado dispuso esta medida porque los procesados carecen de antecedentes penales, el comportamiento procesal de cada uno de ellos, no ha sido fugarse la persecución penal o pretender hacerlo , no han realizado actos dilatorios, por lo que fijó una serie de reglas de conducta de que los condenados deben cumplir, entre ellas, realizar una obra social o de servicio comunitario bajo la coordinación del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

Asimismo, prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del Juzgado, prohibición de portar armas o cometer nuevos delitos o causar disturbios o destrozos a los recursos naturales o patrimoniales o a la propiedad pública o privada, obligación de comparecer personal y obligatoriamente cada 3 meses al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema para informar y justificar sus actividades y la prohibición de realizar o instigar actos de vandalismo, destrucción de la propiedad pública o privada y ofender a personas naturales y jurídicas.

En este caso, el tribunal aplicó el artículo 57, numeral 1, del Decreto Legislativo 1585, expedido en noviembre del 2023, el cual señala que la ejecución de la pena se suspende cuando esta no es mayor a los cinco años, como es el presente caso.

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