CTS: todo lo que debes saber sobre el monto y fecha de pago de este beneficio

Entérate aquí todolo que necesitas saber sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): en qué consiste, cuándo te deben pagar, cómo retirarlo, en qué invertir ese dinero, entre otras cosas.

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Recomendaciones sobre la CTS
Recomendaciones sobre la CTS

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social para los trabajadores que están en planilla de empresas privadas o particulares, como un respaldo temporal en caso de que renuncie o sea despedido de su centro laboral, explica Walter Eyzaguirre, Director Gerente de TGC&W Consultores Asociados.TAMBIÉN LEE: Carlos Bruce: "Seguro de Desempleo no reemplaza CTS"

¿LA CTS LES CORRESPONDE A TODOS?

No todos tienen este derecho, solo aquellos que trabajen cuando menos una jornada mínima de 4 horas diarias o de 20 horas semanales.

¿CUÁNTO y CUÁNDO ME DEBEN PAGAR LA CTS?

Este beneficio corresponde a una remuneración por año que debe ser abonada en dos partes en una cuenta especial del sistema financiero elegido por el trabajador. Se debe pagar 50% en los primeros quince días calendario del mes de Mayo y 50% en el mismo periodo del mes de noviembre. Es decir, este 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores realicen el depósito de la CTS.

¿DÓNDE ME CONVIENE TENER MI CTS?

Actualmente existe una diversidad de opciones en el mercado financiero, por lo que será importante evaluar la seguridad y rentabilidad que brinde la entidad elegida a nuestros depósitos. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene un excelente comparador de productos financieros, el cual nos ofrece la información necesaria para tomar una mejor decisión". Según la SBS, las entidades que más pagan en promedio por los depósitos de CTS en soles son las Cajas Rurales (7.7%), seguido de las Empresas Financieras (7.24%), en tercer lugar, están las Cajas Municipales (7.08% en promedio) y luego los bancos (3.3%).LEA MÁS: Ni un sol menos: Empresas no pueden rebajar los sueldos, según ministro de Trabajo

¿PUEDO RETIRAR ESE DINERO?

Si bien antes había mayores restricciones, hoy se puede retirar hasta el 100% del excedente de cuatro sueldos brutos, es decir, sin considerar descuentos. ¿Cómo así? Por ejemplo si un trabajador gana mil soles al mes y tiene en su cuenta CTS 4500 soles, tiene a su libre disposición el excedente de 4000 soles, en este caso 500 soles.

¿QUÉ HACER CON LA CTS?

Lo primero que se recomienda es que si tenemos alguna deuda y contamos con la posibilidad de retirar los excedentes, se use para amortizar la deuda. Si comparamos que en el mejor de los casos una institución financiera paga hasta 7.5% por los depósitos de CTS, los intereses de las deudas de tarjetas y de créditos personales van en promedio del 40% al 15% en el mismo orden, por lo que se puede ver es mejor amortizar la deuda para pagar menos intereses en el tiempo.

¿CUÁNDO PUEDO RETIRAR EL TOTAL DE LA CTS?

Si dejáramos de laborar, nuestro empleador deberá emitir una carta a la institución donde tengamos la CTS, en donde menciona que el vínculo laboral se ha extinguido y autorice que se retiren esos fondos con esa carta podremos retirar la totalidad de los abonos existentes.

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