Corte Suprema no revisará prisión preventiva contra Alejandro Toledo

La Sala Suprema Penal Permanente rechazó revisar si existió alguna irregularidad en la resolución de 18 meses de prisión preventiva que dictó los magistrados del Poder Judicial contra el ex presidente Alejandro Toledo por el caso Ecoteva.

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Corte Suprema no revisará caso de prisión preventiva contra Alejandro Toledo

La Sala Suprema Penal Permanente de la Corte Suprema, dispuso no revisar si existió alguna irregularidad en la resolución de 18 meses de prisión preventiva que dictaron los magistrados del Poder Judicial, contra el ex presidente Alejandro Toledo, su esposa Eliane Karp y su ex jefe de seguridad Avraham Dan On, procesados por el caso Ecoteva.

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De esta manera, el colegiado supremo declaró “infundado” el recurso de queja directa que interpusieron la defensa de los procesados contra la resolución que emitió la Cuarta Sala Penal de Reos Libres de Lima, que confirmó la orden de captura a nivel nacional e internacional y la prisión preventiva.

Este pedido de revisión fue presentado, luego que el tribunal superior rechazara un recurso de nulidad que se interpuso contra la decisión de confirmar la medida limitativa de prisión.

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Como se recuerda, el ex mandatario, su esposa y su ex jefe de seguridad Avraham Dan On son investigado por el delito de lavado de activos por la compra inmobiliaria que realizó la madre de Eliane Karp, Eva Fernenbug, con dinero de la "offshore" costarricense Ecoteva Consulting Group.

Asimismo, la Segunda Sala Suprema Penal Transitoria ratificó que el Ministerio Público podrá seguir investigando a Alejandro Toledo por el delito de tráfico de influencias sobre el Caso Odebrecht.

Así lo dispuso el colegiado supremo tras declarar “inadmisible” el recurso de queja de derecho que interpuso contra la resolución que emitió la Primera Sala Penal de Apelaciones, que también rechazó el pedido de la defensa de Toledo para archivar el mencionado delito.

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En aquella oportunidad, el ex presidente cuestionaba que el delito ya había prescrito en el 2012 debido a que, según una disposición judicial, el tráfico de influencias se registró en el 2004 mediante la coordinación de Alejandro Toledo y Jorge Barata, ex representante de Odebrecht en el Perú.

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Sin embargo, la Corte Suprema ratificó que el delito se siguió perpetrando hasta que culminó la transferencia de dinero producto de la coima de 20 millones de dólares que habría recibido Alejandro Toledo de parte de la constructora brasileña.

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